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DAÑOS Y PÉRDIDAS A CONSECUENCIA DE ROBO POR FORZAMIENTO Y/O ATRACO DE LOS CONTENIDOS A LOS LOCALES

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AL MOMENTO DEL SINIESTRO: 

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Presentar la denuncia a la delegación de la Policía Nacional Civil más cercana, posteriormente en la oficina de atención ciudadana de dicha estación le informarán en que oficina del Ministerio Público debe presentarse para ratificar la denuncia o bien si ingresaron al local por medio del call center podemos coordinar una radio patrulla.

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Tomar las medidas necesarias a fin de evitar que se incremente la pérdida como cubrir las puertas forzadas o ventanas rotas con tablas, colocar nuevos candados si éstos hubieran sido forzados, contratar vigilancia temporalmente, etc.

DOCUMENTOS QUE DEBE ENVIAR:

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A la mayor brevedad posible y como máximo 5 días posterior al hecho debe enviarnos una carta con el membrete de su empresa y debidamente firmada y sellada conteniendo los siguientes datos:

  1. Fecha y hora del siniestro

  2. Describir brevemente lo sucedido. Por ej. “Informamos por este medio que el día de hoy personas desconocidas ingresaron a nuestras instalaciones rompiendo las puertas de ingreso, llevándose mercadería …”

  3. Proporcionar un detalle de los bienes afectados en forma general sin proporcionar detalles de monto o valores por el momento.   Enviar un monto aproximado de pérdida.

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Posteriormente, presentar lo siguiente: 

  1. Certificación contable que detalle el monto de lo robado.

  2. Documentos que amparen la propiedad y los valores proporcionados en la certificación contable, tales como: fotocopias de las facturas de compra de los productos robados, fotocopias de las pólizas de importación, copia del kardex y/o controles de ingresos y egresos de los productos o mercadería.

  3. Ratificación de la denuncia presentada a la P.N.C

  4. Inventario anterior al robo, inventario de los artículos robados e inventario posterior al robo.

  5. Cotización de los artículos similares a los robados

  6. Presupuestos de reparación de los daños ocasionados en el forzamiento.

Importante: *Vale mencionar que mientras no envíe los documentos antes mencionados, la compañía de seguros no puede darle trámite al caso ya que no cuenta con los elementos de juicio para el respaldo del reclamo.

La aseguradora y / o el ajustador que asigne la compañía puede solicitar documentación complementaria.  Nosotros como sus asesores estaremos atentos a que dicha documentación sea la justa y adecuada según sea el requerimiento. 

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